Nacionales

Qué dice el DNU que declara servicios públicos a TV, Internet y celulares

La norma firmada por el presidente Alberto Fernández señala que “la ONU ha expresado en diversos documentos la relevancia de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones para el desarrollo de una sociedad más igualitaria”.

El Gobierno publicó hoy el DNU que declara a la telefonía celular y fija, las prestaciones de Internet y a la TV paga como servicios públicos. Se trata del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 690/2020 , publicado este sábado en el Boletín Oficial y que argumentó que “el derecho de acceso a internet es, en la actualidad, uno de los derechos digitales que posee toda persona con el propósito de ejercer y gozar del derecho a la libertad de expresión”.

La norma firmada por el presidente Alberto Fernández señala que “la ONU ha expresado en diversos documentos la relevancia de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (TIC) para el desarrollo de una sociedad más igualitaria y la importancia de que a todas las personas les sea garantizado su acceso a las mismas“.

También destaca que “las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones representan no sólo un portal de acceso al conocimiento, a la educación, a la información y al entretenimiento, sino que constituyen además un punto de referencia y un pilar fundamental para la construcción del desarrollo económico y social”.

La Casa Rosada anunció anoche la decisión , que incluye el congelamiento de las tarifas de esos servicios hasta el 31 de diciembre. De acuerdo con lo expresado por el presidente Fernández a través de Twitter, de este modo se “garantizará el acceso” de los servicios para la población.

El DNU también apuntó al Gobierno anterior y subrayó que “mediante el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 267/2015 se derogó gran parte del andamiaje legalmente establecido en materia de servicios de comunicación audiovisual y de las Tecnologías de la Información y la Comunicación, abandonándose la idea del acceso a estos últimos como un derecho humano, dejándolos librados a ley de la oferta y demanda como una simple mercancía“.

Además, señala que “contrariamente a lo previsto en la Constitución nacional, que en su artículo 42 establece el deber de las autoridades de proveer a la protección de los consumidores y usuarios de bienes y servicios, a la defensa de la competencia contra toda forma de distorsión de los mercados así como a la calidad y eficiencia de los servicios públicos”.

En otro orden, también se informó a través del Boletín Oficial que el Ente Nacional de Comunicaciones (ENACOM) aprobó la inversión de 3 mil millones de pesos para ejecutar el Programa de Aumento de Capacidad de la Red Federal de Fibra Óptica (Refefo).

*Texto completo del DNU.

Fuente: Página 12

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

This site uses Akismet to reduce spam. Learn how your comment data is processed.

Artículos Relacionados

Volver al botón superior

Adblock Detectado

POR FAVOR DESACTIVE SU BLOQUEADOR DE ANUNCIOS, ESTE MEDIO SE FINANCIA CASI EN SU TOTALIDAD CON PUBLICIDAD, MUCHAS GRACIAS