Provinciales

Por la bajante del río Paraná, establecieron la veda total de pesca

La medida estará vigente hasta tanto el nivel hidrométrico se restablezca favorablemente para las poblaciones ícticas

El Gobierno de Misiones, a través del Ministerio de Ecología de la provincia, estableció este martes la Veda Total de Pesca para las Especies Ícticas, tanto para el Río Iguazú y sus afluentes, como para el Río Paraná y sus afluentes comprendidos entre el kilómetro 1927 (altura Puerto Iguazú) y el kilómetro 1670 (altura desembocadura del Arroyo Ñacanguazú), en aguas jurisdiccionales de la Provincia, hasta tanto el nivel hidrométrico se restablezca favorablemente para las poblaciones ícticas.

En la Resolución Nº 292 publicada este martes en el boletín oficial de Misiones indica que la cartera provincial “entiende que resulta necesario iniciar la veda de pesca, considerándola una herramienta para el manejo precautorio y regular la presión sobre la fauna íctica”. Además, las circunstancias actuales “afectan a los cardúmenes de peces, los cuales se concentran en grandes cantidades en pequeños sectores con suficiente cantidad de agua para su subsistencia, facilitando la pesca de forma depredatoria por parte de pescadores que capturan estos cardúmenes, por lo cual, es necesario tomar medidas de forma excepcional y que permita resguardar las poblaciones de peces nativos mientras los niveles de los Ríos Paraná e Iguazú se encuentran extremadamente bajo”

Por los cual “esta acción permitirá prevenir o mitigar los efectos negativos que puedan ocurrir. Para esto es necesario implementar de forma urgente la prohibición de capturas en todas las categorías de pesca, y hasta tanto no varíen las actuales”, explica el instrumento administrativo.

Vale mencionar que se mantiene la autorización de la pesca de subsistencia desde la costa, con línea de mano, a los pescadores que cuentan con el permiso respectivo vigente a la fecha. Así como también la pesca deportiva únicamente “con devolución” , en el tramo comprendido entre el kilómetro 1.670 (altura desembocadura del Arroyo Ñacanguazú) y el kilómetro 1.567 (altura Arroyo Itaembé) del Río Paraná y afluentes.-

Durante la vigencia de la presente Resolución no se permitirá la realización de torneos de pesca de cualquier naturaleza. El incumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución, será sancionado conforme con lo establecido por la Ley XVI – N° 8 (Antes Decreto Ley N° 1.040/78) y Decretos Reglamentarios.-

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