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La ANMAT prohibió la venta de un aceite de oliva

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió la comercialización de un aceite de oliva “por ser un producto falsamente rotulado y en consecuencia ilegal”.

Mediante la Disposición 5923/2020, publicada este miércoles en el Boletín Oficial, se prohibió la comercialización del aceite de oliva marca Sabrooliva, RNPA Nº 130141963, RNE Nº 13000978, de la provincia de Mendoza.

“Que el producto se halla en infracción al artículo 3° de la Ley 18284, el artículo 3° del Anexo II del Decreto 2126/71 y los artículos 6 bis, 13 y 155 del Código Alimentario Argentino (CAA), por consignar un RNPA dado inexistente y un RNE que pertenecía a otra razón social, resultando ser un producto falsamente rotulado y en consecuencia ilegal”, se informa en el Boletín Oficial.

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