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​La prohibición de los audios de Karina Milei tiene deficiencias procesales 

​El abogado constitucionalista Andrés Gíl Domínguez dialogó con Pablo Caruso y el equipo de Que Vuelvan las Ideas (AM 530, Somos Radio, de lunes a viernes de 16 a 18 hs) sobre el avasallamiento judicial contra la libertad de prensa.

«La Constitución Argentina es muy clara en su origen y esto se vio reforzado por los tratados sobre los Derechos Humanos. La libertad de expresión y el acceso a la información tienen una garantía que es estructural, que es la interdicción o prohibición de todo tipo de censura previa», explicó.

Y agregó: «Y mucho más aún cuando la información que se está censurando se vincula con asuntos de interés público, relevancia pública o se vincula con un funcionario público».

«A lo largo de todos estos años, la jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia y de la Corte Interamericana de Derechos Humanos ha reforzado esta idea a través de distintos estándares de prohibición de todo tipo de censura previa», expresó.

Al respecto, el letrado afirmó: «Para eso están las responsabilidades civiles y penales ulteriores, con lo cual la censura previa no puede ser administrativa, ni legislativa ni judicial, bajo ningún supuesto, y menos en este caso, en donde se vincula directamente con un tema de interés o relevancia pública».

Para ver la entrevista completa a Andrés Gil Domínguez en Que Vuelvan las Ideas, ingresá acá:

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