
Tasas de interés y punitorios: los cambios para las tarjetas de crédito que establece el DNU
El decretazo de Javier Milei, entre muchas otras modificaciones, introduce cambios significativos en las tarjetas de crédito que afectan a los usuarios de los plásticos y a los comerciantes que ofrecen este método de pago: elimina el tope del interés que las compañías le aplican a quienes se demoran en pagar el resumen y, también, quita el tope que les cobran a los comercios cuando los consumidores las usan. Así, en un contexto de altísima inflación y en el que muchas familias utilizan las tarjetas para financiar consumos básicos, se esperan fuertes incrementos en ambas tasas.
El impacto de estos cambios afectará a quienes estén de los dos lados del mostrador: usuarios y comerciantes. Es que el DNU establece la eliminación del limite que existía para la tasa que las empresas de tarjetas le cobraban a los comercios para este servicio, que era del 3% en las tarjetas de crédito y del 1,5% en las de débito.
Para los usuarios de las tarjetas implicará otro golpe al bolsillo, que ya viene castigado por el ajuste y la inflación desbocada de las últimas semanas. El decreto elimina el tope al interés punitorio (por demoras en el pago), por lo que quienes se atrasen en saldar el resumen o paguen el mínimo tendrán que afrontar importantes intereses.
Pero esto no es todo. También se derogan las sanciones a las empresas en caso de que no informen de forma adecuada la tasa de interés.
Nuevas emisoras de tarjetas de crédito
Por otra parte, el DNU establece que la tarjeta de crédito es un instrumento de identificación del usuario que puede ser físico o virtual, magnético o de cualquier otra tecnología emergente, emanado de una relación contractual previa entre el titular y el emisor.
Los anteriores al vencimiento de su obligación de pago, independientemente de lo pactado en el respectivo contrato de Tarjeta de Crédito.
Condiciones del contrato entre emisor y proveedor: los contratos tipo deben contener obligatoriamente los plazos de vigencia, topes máximos por operación, comisiones, intereses, cargos administrativos, obligaciones que surgen de esta ley, plazo y requisitos para la presentación de las liquidaciones, tipo de comprobantes a presentar y obligación del proveedor de consulta previa sobre la vigencia de la tarjeta.
Además, entre los cambios introducidos, el DNU derogó varios de los artículos de la actual Ley 25.065, sancionada en el año 1998, entre los que se establecía por ejemplo que la tarjeta debía contener la identificación del poseedor del plástico; que el contrato solo estaba vigente cuando se firmaba; que se debía a conocer información del emisor a los proveedores; que debía haber soporte técnico.
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