
Empleados de comercios podrán elegir si trabajan o no los feriados de carnaval
Desde el Centro Empleados de Comercio de Posadas comunicaron que el lunes 15 y martes 16 de febrero rigen para todos los trabajadores mercantiles los beneficios de los feriados nacionales, conforme a la Ley 27.399 y las leyes laborales vigentes.
La ley de Contrato de Trabajo Nº 20.744, en su artículo 166 y siguientes, estipula que el trabajador en dichos días no está obligado a prestar tareas, percibiendo salario por la fecha que se conmemora. En caso de prestar su consentimiento a trabajar durante tales jornadas, tendrá derecho a percibir su salario, más una cantidad igual.
Cabe mencionar que el Centro Empleados de Comercio de Posadas, a su vez, se reserva el derecho de solicitar el acompañamiento de las autoridades competentes en materia de Policía Laboral, Ministerio de Trabajo (Nación y Provincia) para realizar inspecciones en los recibos de haberes del mes de febrero, para constatar la debida liquidación de los feriados de Carnaval.



